ECUADOR: La ROSCGAE rechaza propuesta de la Ley de Agua elaborada por la Comisión de Biodiversidad y de Recursos Naturales de la Asamblea Nacional.
31.12.2024.- La Red de Organizaciones Sociales y Comunitarias en la Gestión del Agua en el Ecuador-ROSCGAE, hace público el malestar ante la visión y postura de los Miembros que integran la Comisión de Biodiversidad y de Recursos Naturales de la Asamblea Nacional, encargados de redactar la Ley Orgánica de Recursos Hídricos.
Nos sentimos burlados, engañados, frustrados, utilizados, debido a que no recogen y ni constan en el proyecto de la Ley unificado aspectos primordiales que permita el fortalecimiento de la gestión comunitaria y sostenible del agua en el Ecuador.
La ROSCGAE presentó una propuesta detallada de temas estratégicos como aporte al proyecto de ley unificado, ante la Comisión de Biodiversidad y de Recursos Naturales, mediante Comisión General, el día 14 de noviembre de 2024, donde se detalló los puntos claves que la Asamblea Nacional debe aprobar en la Ley de Agua.
No obstante, el proyecto unificado no considera el desarrollo efectivo de los derechos constitucionales, como el agua, la vida digna, la naturaleza, la soberanía alimentaria, la democracia participativa y la interculturalidad; ni el fortalecimiento transformación institucional que asegure los planteamientos que describimos a continuación:
1. Derecho humano al agua y saneamiento: El agua es un derecho humano inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
2. Gestión pública y comunitaria: Prohibición expresa de la privatización del agua y se proceda a la desprivatización y redistribución del agua; y, poner fin al acaparamiento, desalojo y la sobreexplotación del agua.
3. Respeto a los derechos de la naturaleza: Protección de los diferentes ecosistemas hidricos, sean humedales, lacustres, páramos, manglares; y, las áreas de protección hídrica, cuenten con planes de gestión y manejo, debidamente financiados.
4. Equidad social y de género: Garantizar la participación equitativa en la gestión del agua.
5. Prelación del uso del agua para la vida: Prioridad del agua para consumo humano, riego que garantice la soberanía alimentaria, caudal ecológico y actividades productivas.
6. Jurisdicción indígena: Reconocimiento de las formas propias de gestión hídrica de las comunidades indígenas.
7. Institucionalidad hídrica: Creación de una autoridad eficiente, descentralizada y participativa.
8. Autoridad Única del Agua independiente-AUA: Responsable de la planificación, regulación y control del agua en todo el territorio nacional,
9. Jurisdicción indígena y Pluralidad jurídica
10. Institucionalidad por Cuencas Hidrográficas
11. Planificación hidrica, cambio climático, gestión de riesgo
12. Mecanismos financieros y recursos públicos
13. NO a la minería metálica y extractivismo en fuentes de agua, zonas hídricas y de amortiguamiento.
14. Coadministrar los recursos hídricos y ecosistemas asociados
15. Acceso a información al Registro Público del Agua
16. Consejo Intercultural y Plurinacional
En este contexto, exigimos a la Asamblea Nacional, legisle, con base a los planteamientos y a las necesidades, que son puntos claves para enfrentar y resolver las graves problemáticas relacionadas con la gestión comunitaria del agua, el patente deterioro de nuestros ecosistemas, la vida digna de lo sectores populares y rurales del país.
En conclusión, la ROSCGAE NO ESTA DE ACUERDO CON EL CONTENIDO DE LA PROPUESTA DE LEY ELABORADA POR LA COMISIÓN DE BIODIVERSIDAD Y DE RECURSOS NATURALES, A LA QUE RECHAZAMOS DE MANERA FRONTAL Y EXIGIMOS QUE SE CONSIDERA LA PROPUESTA DE LOS GESTORES COMUNITARIOS DEL AGUA DEL PAÍS, COMO DE LOS SECTORES POPULARES RURALES Y PERIURBANOS DEL PAIS.
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Comité Ejecutivo ROSCGAE
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